REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, 31 de octubre de 2019.
209º y 160º
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 10 de octubre de 2019, según Oficio TSJ-CJ-Nº 2337-2019 de la misma fecha, como Jueza Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector y habiendo tomado posesión del cargo, me ABOCO al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra.
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JOSÉ FELIX NEXANS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.123.926, parte actora en el presente juicio y debidamente asistido por los abogados en ejercicios NESTOR LUIS PERDOMO y HAND D. PARRA BRICEÑO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 213.947 y 73.260, respectivamente, mediante la cual requiere la habilitación del tiempo necesario en horas nocturnas desde las 07:00 pm. a 09:00 pm., a objeto de que sea practicada la citación de la parte demandada Sociedad Mercantil MULTISERVICIOS J.B 1977, C.A.. Ahora bien, este Juzgado observa que en dicha diligencia no indica los días que requieren su habilitación, a los fines de practicar la citación de la parte demandada, por lo que se INSTA a la parte actora a señalar los días de la habilitación para practicar la citación de la parte demandada.
LA JUEZA PROVISORIA,
RUTH GUERRA MONTAÑEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
DAMELIS FIGUERA
THA/DFA/jcrl
Exp. N° 19-10250