REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 04 de octubre del año 2019
209º y 160º
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano ELIGIO JOSE AVILA BELLOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.682.336, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 21.907 y verificados los documentos consignados, este Tribunal ordena que se evacuen los testigos en el momento en que sean presentados salvo a derecho de terceros, así mismo se insta a la parte solicitante que al momento en que sea tomada la declaración de los testigos, estos eluciden el hecho mencionado en la diligencia de fecha 03/10/2019. Y así se decide.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. DAMELIS FIGUERA.
THA/DF/zamaytha
Exp. N° 2019-3672