REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 24 de Octubre de 2019
209º y 160º
Solicitud: L-209-19
Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, este Tribunal acuerda la devolución de todo lo actuado los solicitantes, ciudadanos NICOLAS MARTINEZ PEREZ y OMAIRA MARGARITA GUZMAN LUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.844.404 y V-5.434.498, respectivamente, constante de once (11) folios útiles. Déjese constancia de lo procedido en los Libros correspondientes llevados por este Tribunal. Cúmplase.-
La Juez,
Dra. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.
La Secretaria Acc,
Abg. ANDREINA DIAZ CEDRÉ.
En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.
La Secretaria Acc,
Abg. ANDREINA DIAZ CEDRÉ.
HJNR/ADC/AC
Solicitud N° L-209-19
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