REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 24 de Octubre de 2019
209º y 160º

Solicitud: L-209-19

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, este Tribunal acuerda la devolución de todo lo actuado los solicitantes, ciudadanos NICOLAS MARTINEZ PEREZ y OMAIRA MARGARITA GUZMAN LUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.844.404 y V-5.434.498, respectivamente, constante de once (11) folios útiles. Déjese constancia de lo procedido en los Libros correspondientes llevados por este Tribunal. Cúmplase.-
La Juez,

Dra. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.

La Secretaria Acc,

Abg. ANDREINA DIAZ CEDRÉ.

En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.
La Secretaria Acc,

Abg. ANDREINA DIAZ CEDRÉ.

HJNR/ADC/AC
Solicitud N° L-209-19