TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 21 de Noviembre de 2019.
209° y 160°
Vista la diligencia de fecha 20 de Noviembre de 2019, suscrita por los ciudadanos: JOHANNA LISBEL TORRES GANDICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.549.307, asistida por el abogado en ejercicio JORGE ISAAC JAIMES LARROTA, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 122.806, parte actora, y por la parte demandada, el ciudadano ARNUBIO ALBERTO SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular la cédula de identidad N° V-26.764.464, en condición de propietario de la firma personal VARIEDADES AMJOLETH, inscrita en el Registro Mercantil Tercero del estado Táchira, en fecha 25 de noviembre de 2013, Bajo el N° 31, Tomo 23-B RM 445, y la ciudadana FRANCELINA FERNNADEZ ROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 26.764.462, en condición de propietaria de la firma personal CASA NATURAL MIS PLANTAS, inscrita en el Registro Mercantil Tercero del estado Táchira, en fecha 25 de noviembre de 2013, Bajo el N° 32, Tomo 23-B RM 445, asistidos por el abogado en ejercicio ANDRES ELOY CARRILLO VILLAMIZAR, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 122.871, mediante la cual terminan el presente proceso a través de una TRANSACCIÓN, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

La Jueza Provisoria,

Abg. Maurima Molina Colmenares

La Secretaria,

Abg. Darcy Sayago Romero
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ___________, quedó registrada bajo el N° ____, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. Darcy Sayago Romero/ Secretaria Temporal
Exp. 8910-16
MCMC/Lorena.