REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 23 de septiembre del año 2019
209º y 160º

De una revisión exhaustiva del contenido de las actuaciones que conforman el presente expediente, que por DIVORCIO 185-A, sigue la ciudadana NELIDA ROSA GRIMAN de AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.729.689, actuando en su propia representación, de profesión abogado e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 188.811, este Tribunal observa que falta la firma de la Directora del Registro Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, en el Acta signada con el N° 55, inserta en los folios 06 al 08, en tal virtud, conforme a lo establecido en el Segundo (2do) aparte del artículo 11 y artículos 895 al 901, todos del Código de Procedimiento Civil, insta a la parte accionante a consignar la antes señalada Acta debidamente firmada, por ser dicho recaudo, fundamental para la continuación del proceso que se ventila en la presente solicitud, y así se establece.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.

En esta misma fecha, se deja constancia que faltan fotostatos para proveer la boleta de notificación ordenada.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


THA/DFA/Deivyd
Exp. N° 19-10254