REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-4799-19
SOLICITANTE: MARIA JOSEFINA JIMENEZ LUQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.451.840.
ABOGADO ASISTENTE: NANCY MATA HENRIQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.351.
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado en fecha 11 de junio de 2019, ante el sistema de distribución de Solicitudes, presentado por la ciudadana MARIA JOSEFINA JIMENEZ LUQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.451.840, asistida por la abogada NANCY MATA HENRIQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.351, con motivo de la solicitud de Título Supletorio de Propiedad.
En fecha 19 de noviembre de 2019, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-4799-19.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, CLARITZA NATALIA HERNANDEZ y MIRTHA DEL VALLE OROPEZA HERNANDEZ, identificadas con la cedula de identidad Nros. V-12.729.298 y V-19.586.061 respectivamente, cursantes a los folios 24 y 25, este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARIA JOSEFINA JIMENEZ LUQUE, venezolana, mayor de edad y titular
de la cédula de identidad Nro. V-5.451.840,sobre unas bienhechurías construidas en un lote de Terreno, de su propiedad, que tiene una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (331,70 Mts2); ubicado en: Pueblo Nuevo, Inmediaciones de la Calle Santa Eulalia, hoy Calle Ramón Vicente Tovar, Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, del estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías, tienen un área de construcción aproximada de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS (263,61 MTS); discriminados así, Planta baja con 119 mts2; planta alta apartamentos 1-A y 1-B, con 76,36 mts2 y 68,25 mts2, respectivamente, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada NANCY MATA HENRIQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.351.
Expídase por secretaria copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de ( ) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los diecisiete ( 17 ) días del mes de enero de 2020. Años 209° y 160°
La Juez,
Dra. Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria Titular,
Abg. Virginia González
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado. La Secretaria Titular,
CLSB/VG*
yba/S-4799-19
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