REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .



JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 19 de febrero de 2020.
209º y 160º
Visto el auto dictado en fecha 05.02.2020 (f.101 y f.102), mediante el cual este Tribunal declaró no presentado el libelo de demanda, por cuanto no fue firmado por la representación de parte actora, ciudadano, CARLOS JOSÈ ANDRADE PÈREZ, en su carácter de Gerente General de la sociedad mercantil “FRANCISCO ANDRADE & CIA, S.A.” y siendo que el cómputo que antecede, se observa vencido el lapso para interponer el recurso a que hubiere lugar sin que se hiciera uso de ese derecho y no habiendo ninguna actuación que realizar, en consecuencia, este Juzgado declara que la presente causa se encuentra terminada. En consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO de este expediente. Remítase al depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.

LA JUEZA PROVISORIAL,

RUTH GUERRA MONTAÑEZ LA SECRETARIA TEMPORAL
DAMELIS FIGUERA

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TEMPORAL




RGM/DAF/jcrl.
Expediente Nº 18-10151