REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 20 de febrero de 2020.
209º y 160º
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 10 de octubre de 2019, según Oficio TSJ-CJ-Nº 2337-2019 de la misma fecha, como Jueza Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector y habiendo tomado posesión del cargo, me ABOCO al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra.-
Vencido como se encuentra el lapso para ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la decisión de fecha 25.07.2017, proferida por este Juzgado, sin que ninguna de las partes haya hecho uso de ese derecho, lapso que comenzó en fecha 25 de julio de 2017, exclusive hasta el día 20 de febrero de 2020, inclusive. En consecuencia, se declara definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 25 de julio de 2017, y siendo el caso que no habiendo más actuaciones que realizar en la presente causa, en consecuencia, este Juzgado ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente expediente y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,
RUTH GUERRA MONTAÑEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
DAMELIS FIGUERA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
RGM/DAF/jcrl
Exp. Nº 17-3367.