REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, siete (07) de octubre de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

Vista la solicitud, así como la documentación presentada por los ciudadanos JOSE ALBERTO BELLO PERAZA y TIBISAY ELENA DIAZ GRIMAN, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.279.977 y V- 10.348.094, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARIA ISABEL GONZALEZ CISNEROS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 143.197, y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por los solicitantes; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JOSE ALBERTO BELLO PERAZA y TIBISAY ELENA DIAZ GRIMAN, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.279.977 y V- 10.348.094, respectivamente; sobre unas bienhechurías constituidas por un inmueble residencial, de dos (02) unidades de vivienda con acceso independiente, unifamiliares; en una parcela de terreno con una superficie total aproximada de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (800.39 mts2),cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, las cuales se encuentran individualizadas distinguidas con los números 01 y 02, con una superficie aproximada de construcción de cuatrocientos veintisiete metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados ( 427,50 mts2), ambas ubicadas en el caserío el Amarillo, final calle el Aguacatal, San Antonio de los Altos, Municipio los Salías del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual les pertenece según se desprende de documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio los Salias, Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veinticinco (25) de abril de dos mil dieciocho (2018), bajo el No. 2018.76, asiento registral 1, folio real 2018, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el No. 0008844.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,


NUVIA BAUTISTA.

NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TITULAR,