REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

San Antonio de Los Altos, nueve (09) de octubre de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la abogada AMANDA APARICIO VERDUGO, inscrita en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 90.696, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS MANUEL ESTEVEZ MONASTERIO, titular de la cédula de identidad No. 18.816.848; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano CARLOS MANUEL ESTEVEZ MONASTERIO, titular de la cédula de identidad No. 18.816.848, en su carácter de hijo del causante MANUEL ESTEVEZ OJEDA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.420.262, quien falleció el día diez (10) de octubre de dos mil diecinueve (2019), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia Antimano, Distrito Capital, en fecha once (11) de octubre de dos mil diecinueve (2019), bajo el No. 1514, Folio 014, del año 2019, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a los solicitantes. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA