REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

Revisadas como han sido las actuaciones que anteceden, este Tribunal observa que, 1) el presente juicio se inicia por demanda de mera certeza incoada por la ciudadana ISLARIA HILDA LOBATÓN, en contra de los sucesores conocidos de quien en vida llevara por nombre ISAAC OTONIEL CAMPEROS LEAL, ciudadanos YOLANDA DE LA CRUZ CAMPEROS DE BRINEZ, CARMEN MARITZA CAMPEROS DE FUENTES, HILDA MARÍA CAMPEROS LOBATÓN, OTONIEL ISAAC CAMPEROS LOBATÓN, DELINA HILDA LISBETH CAMPEROS DE GARVETT, GABRIEL ISNARDI CAMPEROS LOBATÓN, OTTO LENAR CAMPEROS GÁMEZ y CAROLIN YOMAHILIS CAMPEROS LOBATÓN, todos ampliamente identificados en autos, 2) consta de las actas procesales que la citación personal de los ciudadanos OTTO LENAR CAMPEROS GAMEZ, OTONIEL ISAAC CAMPEROS LOBATON, GABRIEL ISNARDI CAMPEROS LOBATON y CAROLIN YOMAHILIS CAMPEROS LOBATON, fue lograda en fecha 20 de abril de 2018, 3) por diligencia fechada 2 de mayo de 2018, comparece la representación judicial de la parte actora para requerir se oficie al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) y al SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), a los fines de obtener últimos movimientos migratorios y dirección de las ciudadanas YOLANDA DE LA CRUZ CAMPEROS DE BRINEZ, CARMEN MARITZA CAMPEROS DE FUENTES, HILDA MARÍA CAMPEROS LOBATÓN y CELINA HILDA LISBETH CAMPEROS DE GARVETT, siendo acordado tal pedimento por auto fechado 8 de mayo de 2018, 4) en fecha 22 de abril de 2019, se agrega a los autos resultas de la información requerida al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), de cuyo contenido se desprenden los domicilios que registran las ciudadanas mencionadas ut supra, a excepción de la ciudadana CARMEN MARITZA CAMPEROS DE FUENTES, identificada en el escrito libelar con el número de cédula V-5.459.936, respecto del cual el ente antes señalado indicó que “EL NOMBRE SUMINISTRADO NO COINCIDE CON EL NRO. DE CÉDULA”, sin embargo, el número de cédula aportado lo fue por la parte actora, 5) en fecha 6 de junio de 2019, se reciben resultas provenientes del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), evidenciándose de su contenido que las ciudadanas YOLANDA DE LA CRUZ CAMPEROS LOBATÓN y CELINA HILDA LISBETH CAMPEROS DE GARVETT, se encuentran fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de allí que, a instancia de la parte actora, se acordara su citación por carteles, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil, siendo consignados los ejemplares respectivos en fecha 19 de febrero de 2020, con lo cual este Juzgado considera cumplidos los extremos atinentes a la citación bajo tal modalidad, toda vez que la fijación ordenada de los carteles, no constituye una formalidad a cumplir conforme a lo dispuesto en el artículo 224 antes mencionado y así se establece. No obstante, desde la fecha en que fue practicada la citación personal de los ciudadanos OTTO LENAR CAMPEROS GAMEZ, OTONIEL ISAAC CAMPEROS LOBATON, GABRIEL ISNARDI CAMPEROS LOBATON y CAROLIN YOMAHILIS CAMPEROS LOBATON, hasta la fecha en que se produce la primera publicación del cartel librado, es decir, el 28 de enero de 2020, transcurrieron más de sesenta (60) días, por lo que a tenor de lo establecido en el artículo 228 eiusdem quedan sin efectos las citaciones practicadas en la persona de los prenombrados ciudadanos y el procedimiento queda suspendido hasta tanto la parte actora solicite nueva citación de los ciudadanos OTTO LENAR CAMPEROS GAMEZ, OTONIEL ISAAC CAMPEROS LOBATON, GABRIEL ISNARDI CAMPEROS LOBATON y CAROLIN YOMAHILIS CAMPEROS LOBATON y a la par, gestione la citación personal de las ciudadanas CARMEN MARITZA CAMPEROS DE FUENTES y HILDA MARÍA CAMPEROS LOBATÓN, previa verificación por dicha parte de la cédula de identidad que realmente posee la co-demandada CARMEN MARITZA CAMPEROS DE FUENTES, habida cuenta de la información aportada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) y así se dispone.
LA JUEZA TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO,
CARLOS OLMOS TOVAR.
Exp. No. 31362/EMMQ/OTCA