REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Guatire, 26 de julio de 2021.
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
211º y 162º.

SOLICITUD N° 13078.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
• Certificado original de Defunción Nº 4804, folio 054, Tomo 20, de fecha diez (10) de octubre del año dos mil veinte (2020), expedida por el Registro Civil del Municipio El Hatillo, Parroquia El Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente a la De Cujus, ciudadana MARIA ELIZABETH DE FREITAS CORREIA, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.965.451, cursante a los folios seis (06) al siete (07).
• Documento original de Acta de Nacimiento Nº 121, Tomo 02, de fecha dieciséis (16) de mayo del año 1997, expedida por el Registro Civil del Municipio Foraneo El Cafetal del Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente a la hija de la De Cujus, ciudadana ELIZABETH ANDREINA FERNANDES DE FREITAS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.933.364, cursante al folio ocho (08).
• Copia simple de Acta de Nacimiento Nº97, folio 106, de fecha dos (02) de octubre del año 2000, expedida por el Registro Civil del Municipio Baruta, Parroquia El Cafetal del Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente al hijo de la De Cujus, ciudadano JUAN DANIEL FERNANDES DE FREITAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.376.427, cursante al folio nueve (09).
• Copias simples de las Cédulas de Identidad perteneciente a ciudadanos ELIZABETH ANDREINA FERNANDES DE FREITAS, JUAN DANIEL FERNANDES DE FREITAS, previamente identificados, cursante a los folios diez (10) al once (11).
• Copias simples de la Cédula de Identidad e Inpreabogado del profesional del derecho ZUMILDE DE JESUS BARRETO DE LUCK, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.117.934 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.653, cursante al folio doce (12).
• Copia simple de la Cédula de Identidad de la De Cujus, ciudadana MARIA ELIZABETH DE FREITAS CORREIA, previamente identificada, cursante al folio trece (13).
• Copias simples de las Cédulas de Identidad de las testigos, ciudadanas ELIZABETH GOMEZ DE LARA y EDITH BENEVUELA CARDOZO TOVAR, venezolanas, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nº V-4.583.083 y V-4.427.770, cursante a los folios diecisiete (17) al dieciocho (18).
Y las testimoniales de las ciudadanas ELIZABETH GOMEZ DE LARA y EDITH BENEVUELA CARDOZO TOVAR, previamente identificadas, domiciliadas, la primera: en la Urbanización Castillejo, Conjunto Residencial Villas de San Pedro, casa Nº 43, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda y la segunda: en la Urbanización Monte Piedad, edificio 07, Apartamento b-03, piso 01, Caracas, Distrito Capital. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 ejusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no habido oposición alguna DECLARA a los ciudadanos ELIZABETH ANDREINA FERNANDES DE FREITAS y JUAN DANIEL FERNANDES DE FREITAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-24.933.364 y V-27.376.471, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus ciudadana MARIA ELIZABETH DE FREITAS CORREIA, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.965.451.-
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.-
LA JUEZA,

LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.-
LA SECRETARIA,

ANA ISABEL GARCÍA.-
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, librándose por secretaria las respectivas copias certificadas y las mismas fueron archivadas. Se le devolverá originales con sus resultas a los solicitantes, ciudadanos ELIZABETH ANDREINA FERNANDES DE FREITAS y JUAN DANIEL FERNANDES DE FREITAS.-
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCÍA.-

LQdDS/aig/k.-
Solicitud N° 13078.-