REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, seis (06) de julio del año 2021
211º y 162º
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Documento Poder, otorgado por el ciudadano YOSTI DE LA ROSA HERNANDEZ a la ciudadana ANGELA HERNANDEZ DELGADO debidamente registrado en la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Plaza bajo el N° 22, folio 98 del tomo 33, protocolo de transcripción del año 2014, cursante a los folios seis (06) al catorce (14). –
• Autorización otorgada mediante Oficio 020/2021 por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza, Guarenas, Estado Bolivariano de Miranda, cursante al folio quince (15). -
• Documento de Titularidad de Medidas, linderos y área de construcción suministrado mediante Oficio N° 024/2021 de fecha 21 de mayo de 2021 por la Oficina de Catastro de la Dirección de Ingeniería Municipal del Municipio Ambrosio Plaza, con sus respectivos planos, cursante a los folios dieciséis (16) al diecinueve (19).-
• Copia simple de la Cédula de Identidad del solicitante, ciudadano YOSTI DE LA ROSA HERNANDEZ, cursante al folio veinte (20)
• Copia simple de la Cédula de Identidad de la apoderada del solicitante, ciudadana ANGELA HERNANDEZ DELGADO, cursante al folio veintiuno (21). -
• Copia simple de la Cédula de Identidad del abogado asistente, JOEL DE LA ROSA HERNANDEZ, cursante al folio veintidós (22). -
• Copia simple del y carnet del Instituto de Previsión Social del Abogado correspondiente al ciudadano JOEL DE LA ROSA HERNANDEZ, cursante al folio veintitrés (23). -
• Copia simple de la Cédula de Identidad de los testigos, ciudadanos MANUEL ANTONIO GUEVARA SOLORZANO y RAIMUNDO DELGADO ZAPATA cursante a los folios veinticinco (25) y veintiséis (26), respectivamente. -
• Acta de Inspección realizada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de junio del año 2021 con sus respectivas impresiones fotográficas, cursante a los folios veintinueve (29) al treinta y uno (31). –
Así como las testimoniales de los testigos identificados Ut supra, los cuales se encuentran domiciliados en, el primero: calle principal de Guacarapa, casa N° 31, Guarenas Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y el segundo: calle 03. Apartamento 2-A, edificio Parque Ávila, Terrazas del Ávila, Distrito Capital, Caracas, a favor del ciudadano YOSTI DE LA ROSA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.480.251, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TITULO SUPLETORIO, referido a una parcela de terreno propiedad del Municipio Plaza tramitado por ante este Tribunal con autorización otorgada por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza bajo el Oficio N° 020/2021 de fecha 21 de mayo de 2021, ubicado en Carretera Nacional Petare- Guarenas, Centro de Acopio Mampote, terraza 1, lote 1-8-A, jurisdicción de Guarenas del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda. Dicha parcela está conformada por un área de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (218,58Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: en línea recta de doce metros con ochenta y dos centímetros (12,82mts.), con área verde; SUR: en línea recta de siete metros con setenta y cinco centímetros (7,75mts.), con área de servicios; ESTE: en línea recta de veinte metros con veintisiete centímetros (20,27mts.) con pared medianera que lo separa del Lote 1-8; OESTE: en línea quebrada formada por cinco (5) segmentos 1° seis metros con treinta y ocho centímetros (6,38mts.), 2° tres metros con setenta y siete centímetros (3,77mts.), 3° seis metros con noventa centímetros (6,90mts.), 4° un metro con treinta centímetros (1,30mts.) y 5° siete metros (7,00mts.), con zona protectora de la quebrada; Según consta en su respectivo levantamiento Planimétrico avalado por la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio Autónomo plaza. Dichas bienhechurías se encuentran constituidas de la siguiente manera: Un Galpón Industrial que posee las siguientes características: paredes de bloque de cemento con techo de Acerolit, piso de concreto, la entrada principal está protegida por un portón de hierro, dos (2) baños con todas sus piezas sanitarias, una (1) oficina, un depósito (1), un (1) salón de corte y tres (3) cavas de aluminio armadas, y una mezzanina de 13,26m2 el referido inmueble posee los servicios de agua potable, electricidad y aguas negras debidamente empotradas, todas las superficies se encuentran debidamente revestidas con paredes frisadas tanto por la parte interior como exterior. Todo alinderado y dentro de la totalidad del área de la descrita parcela, según consta de su respectivo levantamiento Topográfico – Planimétrico y plano avalado por la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio Autónomo Plaza. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano YOSTI DE LA ROSA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.480.251, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por Secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar este decreto en el portal web: Miranda.scc.org.ve.- Cúmplase.-
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCIA.
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de las resultas a la apoderada del solicitante, ciudadana ANGELA HERNANDEZ DELGADO. -
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCIA

LQdDS/aig/Mariana.-
Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.-
Solicitud. N° 13075.-