PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, primero (01) de junio de dos mil veintiuno (2021)
210º y 161º

Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por por la ciudadana XOCHITL CORAO DE NUÑEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 1.747.210, debidamente asistida por la abogada TIBISAY MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 42.253; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a los ciudadanos XOCHITL CORAO DE NUÑEZ, LUIS ALBERTO NUÑEZ CORAO, ENRIQUE JORGE NUÑEZ CORAO, MIGUEL ANGEL NUÑEZ CORAO y MARCO ANTONIO NUÑEZ CORAO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 1.747.210, V- 6.816.713, V- 9.483.306, V- 9.483.308 y V- 12.414.429, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante ELEAZAR ALBERTO NUÑEZ LOPEZ, quien en vida era de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-1.728.227, quien falleció el día dos (02) de febrero de dos mil veinte (2020), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Los Salias, Estado Miranda, de fecha tres (03) de febrero de dos mil veinte (2020), bajo el No. 35, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a los solicitantes. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA.