REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintitrés (23) de noviembre del año 2021
211º y 162º

Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Documento de propiedad de una parcela de terreno debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Plaza, del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintiséis (26) de agosto de dos mil quince (2015) bajo el N° 2015.1713, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº 235.13.8.1.15391 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015, cursante a los folios seis (06) al diez (10), ambos inclusive.-
• Copia Simple de la Cedula de Identidad Nº V-24.288.917, correspondiente a la ciudadana LIA GUEVARA, cursante al folio doce (12).-
• Oficio N° 008/2021, contentivo de AUTORIZACIÓN a la ciudadana LIA GUEVARA para obtener TITULO SUPLETORIO, emitido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, en fecha veintidós (22) de julio del año 2021, cursante al folio trece (13). –
• Oficio N° UC/2021-005, de fecha dieciocho (18) de mayo del año 2021, emitido por la Oficina de Catastro, contentivo de respuesta al comunicado, donde solicita la certificación de un lote de terreno y construcción, así como también constancia de linderos y sus medidas con su respectivo plano, cursante a los folios catorce (14) al diecisiete (17). –
• Copia simple de la Cédula de Identidad N° V-10.695.838, correspondiente al ciudadano WILMER ANTONIO LANDER MENDOZA, en su carácter de testigo en la presente solicitud, cursante al folio dieciocho (18). –
• Copia simple de la Cédula de Identidad N° V-13.692.507, correspondiente al ciudadano MARIO HIDALGO, en su carácter de testigo en la presente solicitud, cursante al folio diecinueve (19). –
• Copia Simple de la Cedula de Identidad Nº V-13.419.084, correspondiente al ciudadano TONY JOSE GUIA GONZALEZ, en su carácter de testigo en la presente solicitud, cursante al folio veinte (20).-
• Plano Original de la Planta Baja, correspondiente a la referida bienhechuría, la cual se encuentra ubicada en la calle el Cogollar, casa Nº 2, Urbanización Las Clavellinas, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, cursante al folio veintiuno (21).-

Así como la inspección realizada al inmueble para que el Tribunal tuviera a su vista las bienhechurías cuyo título supletorio se pretende, todo con fundamento en los artículos artículo 12 y 401 ordinal 4to del código de Procedimiento Civil y las testimoniales de los testigos TONY JOSÉ GUIA GONZALEZ, WILMER ANTONIO LANDER MENDOZA y MARIO JOSÉ HIDALGO, identificados Ut supra, los cuales se encuentran domiciliados en, el primero: Copacabana, Parque Alto, urbanización El Calvario, calle principal, casa S/N, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, el segundo: Sector Brisa de Guacarapa, casa Nº 30, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y el tercero, Las Clavellinas, sector El Guamacho, casa S/N, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana LIA GUEVARA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.288.917, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de Título Supletorio, referido a una parcela de terreno y la casa sobre ella construida de su propiedad, ubicada en la calle El Cogollal, casa Nº 2 de la Urbanización Las Clavellinas, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, con una superficie de DOSCIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (222,93 m2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en una medida de trece metros (13m) lineales con el callejón la Ceiba; SUR: En una medida de diez con ochenta y cinco metros (10,85m) lineales, que es su frente con calle el Cogollal; ESTE: En una medida de veintitrés con cuarenta metros (23,40m) lineales, con casa de Francisca González y OESTE: En una medida de veinticuatro con cuarenta metros (24,40m) lineales, con casa que es o fue del señor Carmelo Trujillo. Dicho inmueble consta de una bienhechuría y área libre la cual consta de seis (06) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina y un (01) patio al aire libre. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LIA GUEVARA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.288.917, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por Secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar el presente decreto en el portal web: Miranda.scc.org.ve. Cúmplase.-
LA JUEZA,

LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA,

ANA ISABEL GARCÍA

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, y dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la solicitante, ciudadana LIA GUEVARA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.288.917.-

LA SECRETARIA,

ANA ISABEL GARCÍA.

LQdDS/aig/yr.-
Titulo Supletorio.-
Solicitud N° 13133.-