REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 03 de septiembre de 2021.
211º y 162º
De la revisión de las presentes solicitud DECLARACION UNICA UNIVERSAL DE HEREDEROS presentada por la Ciudadana ODALYS DOMINGUEZ LOPEZ venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.969.913, asistida por el abogado JOSE MUÑOZ PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 187.724; este Tribunal observa que no fue consignada el original del acta de defunción del causante CRUZ JOSE DOMINGUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V-909.711, asimismo se verifica que en el escrito de solicitud, el apellido de la solicitante no coincide con la fotocopia de la cedula de identidad presentada como instrumento probatorio, quien suscribe a los fines de emitir un pronunciamiento en el presente expediente, INSTA a la parte solicitante a consignar en un lapso perentorio de diez (10) días de despacho siguiente a la presente fecha, la original del acta de defunción del causante CRUZ JOSE DOMINGUEZ y la corrección del apellido de la solicitante, por constituir documentos fundamentales para definir la competencia y consecuente decisión en la presente solicitud.
LA JUEZA PROVISORIA,
KARINA N BARRIOS M.
LA SECRETARIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO.
KNBM/HJN/rafael*
Expediente N° 21-3789.