EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, dieciséis (16) de septiembre del año 2021
211º y 162º
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Croquis para Título Supletorio otorgado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Autónomo Zamora, Guatire, Estado Bolivariano de Miranda, de fecha diez (10) de diciembre del año 2020, cursante al folio cinco (05). –
• Plano de distribución de primer piso y planta baja de la bienhechuría, elaborado por el Ingeniero ARMANDO GIRAL, debidamente inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela (C.I.V.) bajo el N° 77.019, cursante a los folios seis (06) y siete (07), respectivamente.-
• Autorización a los fines de tramitar Título Supletorio, otorgada por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Zamora, Guatire, Estado Bolivariano de Miranda en fecha veintiocho (28) de junio del año 2021, cursante al folio ocho (08). –
• Copia simple de la Cédula de Identidad de la solicitante, ciudadana MARLENE COROMOTO SOSA APONTE, cursante al folio nueve (09). -
• Copia simple de la Cédula de Identidad y del carnet de Inpreabogado de la abogada asistente JANYRA DEL VALLE INOJOSA HERNANDEZ, cursante al folio diez (10). -
• Copia simple de la Cédula de Identidad de una de las testigos, ciudadana MILENA BELEN RAMOS SOSA, cursante al folio once (11). -
• Copia simple de la Cédula de Identidad de una de las testigos, ciudadana EDGARIS DANIELA RUIZ ORTEGA, cursante al folio doce (12). -
Así como las testimoniales de las testigos MILENA BELEN RAMOS SOSA y EDGARIS DANIELA RUIZ ORTEGA, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-30.303.476 y V-30.774.503, respectivamente, las cuales se encuentran domiciliadas en, la primera: Quemaito, Mi Esperanza, casa N° 88, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda y la segunda: Quemaito, sector La Esperanza, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana MARLENE COROMOTO SOSA APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.181.082, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TITULO SUPLETORIO, referido a una parcela de terreno de Régimen Municipal, propiedad de la Alcaldía de Zamora, la cual está construida sobre una extensión de DOSCIENTOS DOCE METROS (212mts2) ubicada en la Carretera Nacional Guatire-Araira, sector Quemaito, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, la cual se encuentra alinderada: NORTE: con Carretera Nacional Guatire-Araira; SUR: con terreno que es o fue de la Empresa Metalúrgica Servimego; ESTE: con calle principal de Quemaito; y OESTE: con calle principal aguamiel. Dicho inmueble consiste en una casa con bloques de arcilla, techos de platabanda y zinc, pisos de cemento pulido, luz eléctrica, cuenta con los servicios de aseos, acueductos y cloacas. Dicha casa cuenta de dos (02) plantas distribuidas de la siguiente manera: PLANTA BAJA; consta de nueve (09) locales comerciales y en la SEGUNDA PLANTA; su vivienda principal distribuida por: sala, comedor, cocina, baño, lavandero y cinco (05) habitaciones. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARLENE COROMOTO SOSA APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.181.082, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por Secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar este decreto en el portal web: Miranda.scc.org.ve.- Cúmplase.-
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCIA.
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de las resultas a la solicitante, ciudadana MARLENE COROMOTO SOSA APONTE. -
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCIA
LQdDS/aig/Mariana.-
Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.-
Solicitud. N° 13008.-