REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, siete (07) de abril de dos mil veintidós (2022)
211º y 162º

Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MAYRA CAROLINA MARTINEZ PIÑANGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 10.575.921, debidamente asistida por la abogada MARIA EUGENIA MACEO PONTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 104.548; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana MAYRA CAROLINA MARTINEZ PIÑANGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 10.575.921, en su carácter de esposa del causante ALBERTO JOSE ACEVEDO MORENO, quien en vida era de nacionalidad Venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-12.842.209, tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio Nieves del Estado Guarico, bajo el acta No. 1203 de fecha diez veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Todo sin perjuicio de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a los solicitantes. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA.