REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintidós (22) de abril del año 2022
211º y 163º
SOLICITUD N° 13266.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
• Copia certificada de Acta de Defunción N° 1415, folio 165, de fecha ocho (08) de octubre del año dos mil veintiuno (2021), expedida por el Registrador Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha ocho (08) de octubre del dos mil veintiuno (2021), correspondiente al De Cujus, ciudadana MARIA DE LOURDES SUAREZ PIMENTEL, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y portadora de la Cedula de Identidad Nº V- 3.150.307 cursante a los folios cinco (05).-
• Copia simple de la Cédula de identidad Nº V-2.717.571, correspondiente a la fallecida, ciudadana MARIA DE LOURDES SUAREZ PIMENTEL, cursante al folio seis (06). –
• Copia certificada de Acta de Nacimiento N° 1326, de fecha diez (10) de mayo del año mil novecientos sesenta y seis (1966) certificada por el Registrador Civil Municipal de la parroquia San Juan Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha quince (15) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), correspondiente a la ciudadana, PETRA ISABEL, hija de la causante, cursante al folio siete (07). –
• Copia simple de la Cédula de identidad Nº V-10.117.326, correspondiente a la ciudadana PETRA ISABEL VILLASMIL SUAREZ, cursante al folio ocho (08). –
• Copia simple del INPREABOGADO Nº 105.348, correspondiente a la ciudadana MARIA JOSE SANCHEZ ALCALA, cursante al folio nueve (09). –
• Copia simple de la Cédula de identidad Nº V-634.467, correspondiente a la ciudadana ANA LUCIA CANELON FERNANDEZ, cursante al folio diez (10). –
• Copia simple de la Cédula de identidad Nº V-15.699.465, correspondiente a la ciudadana GINA CAROLINA ACOSTA GARCIA, cursante al folio once (11). –
Así como las testimoniales de las ciudadanas ANA LUCIA CANELON FERNANDEZ y GINA CAROLINA ACOSTA GARCIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-634.467, V-15.699.465, respetivamente, domiciliadas en: la primera: Edificio Nº 9, apartamento 002, planta baja, El Ingenio, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, la segunda en: El ingenio, edificio Nº 9, apartamento 0204, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no habido oposición alguna DECLARA a la ciudadana PETRA ISABEL VILLASMIL SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.117.326, , ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus MARIA DE LOURDES SUAREZ PIMENTEL, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y portadora de la Cedula de Identidad Nº V- 3.150.307.-
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. De conformidad con lo establecido en la Resolución 005-2020 emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia se ordena publicar en el portal web: Miranda.scc.org.ve.- Cúmplase. -
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCÍA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma a la solicitante PETRA ISABEL VILLASMIL SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.117.326.-
LA SECRETARIA,
ANA ISABEL GARCÍA
LQdDS/aig/ra.-
Declaración de Únicos y Universales Herederos-
Solicitud 13266.-
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