EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 20 de abril de 2022
212° y 163°
SOLICITUD Nº 013-2022
SOLICITANTE: YELISA JOSEFINA BÁEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.678.360.
ABOGADA ASISTENTE: CARMEN CECILIA TRUJILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 209.941.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud previa distribución por ante la unidad de recepción y distribución de documentos del estado Bolivariano de Miranda vía online y presentado ante este Tribunal en fecha 25-03-2022, por la ciudadana: YELISA JOSEFINA BÁEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.678.360, debidamente asistida por la abogada CARMEN CECILIA TRUJILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 209.941; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo.
Alega la solicitante en su escrito, que sobre un terreno propiedad del INTI, situado el sector Vista Hermosa II, calle santa teresa, casa Nº 218, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: en una recta de 12 Mts, con 95 centímetros, con calle santa teresa; SUR: en una recta de 20 Mts, con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia chaparro; ESTE: en una recta de 23 mts con 50 centímetros con callejón el progreso; y OESTE: Con dos segmentos uno de 7mts con 40 centímetros y el otro de 12 mts con 87 centímetros con terrenos que son o fueron de la familia Betancourt, ha construido a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías que forman parte de una vivienda, distinguida casa nº 218, con un área de construcción de aproximadamente CIENTO OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (108,74 MTS.2). Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 25 de marzo de 2022, este tribunal dicto auto de entrada a la presente solicitud bajo el Nº 013-2022 y admitió la misma instando a la solicitante a presentar los testigos.
En fecha 07 de abril de 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho las ciudadanas TRUJILLO MIGUEL ANTONIO Y BETANCOURT BEOMOUT CESAR JOSÉ, Venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad NºV-5.404.281 y V-5.221.725, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO II
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de las ciudadanas TRUJILLO MIGUEL ANTONIO Y BETANCOURT BEOMOUT CESAR JOSÉ, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana YELISA JOSEFINA BÁEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.678.360. sobre una bienhechuría construidas sobre un terreno de propiedad del INTI, situado el sector Vista Hermosa II, calle santa teresa, casa Nº 218, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda en un área de construcción de tipo V-3 que tiene CIENTO OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (108,74 MTS2), el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: en una recta de 12 Mts, con 95 centímetros, con calle santa teresa; SUR: en una recta de 20 Mts, con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia chaparro; ESTE: en una recta de 23 mts con 50 centímetros con callejón el progreso; y OESTE: Con dos segmentos uno de 7mts con 40 centímetros y el otro de 12 mts con 87 centímetros con terrenos que son o fueron de la familia Betancourt. el mencionado tiene una superficie de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTÍMETROS (330,40). Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de _______________________________ ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Publíquese en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, y regístrese, la presente decisión. Asimismo, déjese copia certificada en el copiador del tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veinte (20) días del mes de abril de 2022. Años: 212° de la Independencia y 162° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró el anterior Decreto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/ana
Sol. 013-2022
Dirección de Tribunal: Calle Gustavo Farrera, Conjunto Residencial y Comercial El Campito, torre “G”, mezzanina 1. Teléfono: 0239-2483223.
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