REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 08 de agosto 2022.
212º y 163º

Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la Solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por la ciudadana ZULAY RAFAELA CASTRO CAMEJO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-12.414.892. En consecuencia, Este Tribunal por cuanto considera cumplidas las formalidades del artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena la devolución de la presente solicitud a la parte interesada, constante de veintisiete (27) folios. Y así se decide.
El Juez,

ARTURO ROBLES TOCUYO

El Secretario


JOSE DURAN ROMERO.



ART/JDR/ZH
EXPEDIENTE Nº S-22-109