REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, cuatro (04) de agosto de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

Vista la solicitud, así como la documentación presentada por la ciudadana DALBA AUXILIADORA GABANTE DURAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 6.966.636, debidamente asistida por el abogado OSCAR LEONARDO ROJAS CARREÑO, funcionario adscrito al programa de tribunal móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por el solicitante, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor la ciudadana DALBA AUXILIADORA GABANTE DURAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 6.966.636; sobre una bienhechuría constituida por una (01) vivienda unifamiliar, la cual tiene un área total de construcción de SETENTA Y DOS METROS CON SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (72,07 mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de UN MIL OCHENTA METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTÍMETROS (1.080,15 mts2), ubicada en el Amarillo, Sector los Moralitos, Calle Principal, Lote N° S/N, San Antonio de los Altos, Municipio los Salias Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; ahora bien, se evidencia que dicho terreno fue adquirido por la ciudadana DALBA AUXILIADORA GABANTE DURAN, el cual le pertenece según se consta de documento debidamente autenticado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, Los Salias del Estado Miranda en fecha trece (13) de junio de dos mil siete (2007), bajo el No. 28, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salías del Estado Miranda bajo el Nº 0021360.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,


NUVIA BAUTISTA.

NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TITULAR,