REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 04 de Agosto de 2022.-
212º y 163º
Visto el Contenido de la diligencia suscrita en fecha 01-08-2022 por la Ciudadana: DORIS BETANIA PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.179.976, domiciliado en la Población de Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira y hábil, asistida por el Abogado en ejercicio RAMON ELI PERNIA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.179.976, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.027, con domicilio Procesal en la Calle 1 N° 6-85, en la Población de Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira y hábil, mediante la cual expone: Desisto del Procedimiento, en la presente causa, motivo: Reconocimiento de Firma y Contenido de documento privado, de conformidad con los Artículos, 265 y 266, del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este tribunal acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Desistimiento como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: El desglose de los documentos solicitados en diligencia de fecha 08-07-2022, que rielan a los folios 04 al 23 ambos inclusive. TERCERO: Se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase.-
EL JUEZ
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ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA.
EL SECRETARIO.
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ABG. JAVIER MANUEL GONZALEZ
En la misma fecha se hizo lo acordado.
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EL SECRETARIO
EXP. N° 2995-2022
JEGG/brenda
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