REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.


Los Teques, 21 de diciembre de 2022
212° y 163º


Vista la diligencia de fecha 15 de diciembre de 2022, suscrita por la abogada MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.154.841, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.187, mediante la cual solicita copia certificada de los siguientes documentos “(…) Primero: Auto Procesal Ordenando la comparecencia del Demandado del 03 de octubre de 2022, folios 76 al 77 de los autos. Segundo: Acto Procesal de comparecencia Judicial del 11 de octubre de 2022, folio 107 de los autos. Tercero: Acto Jurídico de Litiscontestaciòn Procesal con Impugnación de la Acción de Desalojo del 07 de noviembre de 2022 y su anexo inserto a los folios 108 al 113 de los autos. Cuarto: Acto Jurídico de Aportación de Pruebas y conclusiones del 30 de noviembre de 2022, folios 124 al 134 de los autos. Quinto: Acto Jurídico del Tribunal Judicial fechado el 30 de noviembre de 2022, inserto a los folios 151 al 155 de los autos. Sexto: De esta diligencia y del Auto Judicial que provea lo solicitado.”

Con respecto a la solicitud de copias certificadas de las actuaciones antes señaladas por la profesional del derecho, ciudadana MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, este Tribunal observa que, , no se encuentra acreditada en autos, como apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano ANTONIO HOMSANY KARAM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.870.054, sólo ha actuado en el presente juicio como abogada asistente del up supra ciudadano, motivo por el cual, niega la solicitud efectuada por la prenombrada abogada.
LA JUEZ PROVISORIO

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.


LA SECRETARIA TITULAR


DAMELIS FIGUERA

Exp Nº 22-10363
HJNR/df