REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 06 de diciembre de 2022.
212º y 163º
Visto el computo que antecede, esta Juzgadora pasa a realizar las siguientes consideraciones: PRIMERO: En fecha 14 de julio de 2022 (f.200), el alguacil de este Tribunal, consignó diligencia dejando constancia de haber notificado a la apoderada judicial de la parte actora, abogada MIREYA EMPERATRIZ ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.674 del abocamiento de quien aquí suscribe; así mismo, se observa que desde el siguiente día de despacho, a la consignación del alguacil, transcurrieron los 13 días de despacho del lapso señalado en la referida boleta de notificación, es decir desde el día 18 de julio de 2022 hasta el día09 de agosto de 2022. SEGUNDO: En fecha 10 de agosto de 2022 (f.202 al f. 215), se dictó sentencia en el presente juicio, es decir al primer día delos cinco (05) días para dictar sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil.TERCERO:Se observa que desde que se dictó sentencia en el presente juicio han transcurrido cincuenta y nueve (59) días de despacho.
Ahora bien, vista la diligencia de fecha 30 de noviembre de 2022, suscrita por la abogada MARIAM ZORAYA SALAZAR PERAZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.297, mediante la cual apela de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de agosto de 2022, este Tribunal niega dicha apelación por cuanto la misma es extemporánea por tardía.Así se establece
Por cuanto las partes no ejercieron dentro de la oportunidad legal, recurso alguno contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha 10 de agosto de 2022, se declara definitivamente firme
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA J. NAVARRO R
LA SECRETARIA TITULAR
DAMELIS FIGUERA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
LA SECRETARIA TITULAR
ExpNro. 18-10192
HJNR/dm