REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º
Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano DIEGO ERNESTO JIMENEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-14.727.517, debidamente asistido por la abogada CELINA LOURDES ESCULPI PACHECO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 189.753; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MERCEDES ESPERANZA MARTÍNEZ PEREIRA, DIEGO ERNESTO JIMENEZ DELGADO, JIANG ADRIANA JIMENEZ DELGADO, DANIELA JIMENEZ DELGADO y TULIO JESÚS JIMENEZ DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.123.855, V- 14.727.517, V- 14.727.526 y V- 15.488.591 y V- 26.672.303, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante TULIO AMADO JIMENEZ RODRIGUEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-1.196.401, quien falleció el día diez (10) de noviembre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil y Electoral del Municipio El Hatillo, Parroquia El Hatillo, Estado Miranda, bajo el acta No. 228 de fecha once (11) de noviembre de dos mil veintidós (2022). Todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,
NUVIA BAUTISTA.
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