REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO.
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Santa Lucía, 20 de diciembre del 2022

212° y 163°

SOLICITANTE: EDGAR AUGUSTO HURTADO TOVAR, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.225.085
ABOGADA ASISTENTE: VALDIRIO GOMEZ ARTURO JOSE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.711
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, conforme el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
EXPEDIENTE: 9063-2022

Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano: EDGAR AUGUSTO HURTADO TOVAR, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.225.085, asistido por el profesional del Derecho Abg. VALDIRIO GOMEZ ARTURO JOSE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.711, mediante solicitud promovida y evacuada al efecto, dando cumplimiento a la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, en la cual autorizan los actos jurídicos que en ella se indican, este Tribunal sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la siguiente actuación como TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano EDGAR AUGUSTO HURTADO TOVAR, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.225.085, sobre la bienhechuría (casa) ubicada El Rosario de Soapire, callejón Kimas, casa s/n, Parroquia Santa Lucia, Municipio Paz Castillo, Estado Bolivariano de Miranda, cuyas