EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Charallave, 13 dediciembre del 2022
212° y 163°
CAPITULO I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
EXPEDIENTE N° 2830-2022
SOLICITANTE:ANA TERESA DELPIANI HERRERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.631.395.
APODERADAJUDICIAL DELA SOLICITANTE: LISSET YUNEIDY ZERPA SANCHEZ,abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.413.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION
CAPÍTULO II
ANTECENDENTES

Se inicia el presente procedimiento previa distribución realizada por este juzgado en función de distribuidor, en fecha 16-11-2022, con motivo de la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por LISSET YUNEIDY ZERPA SANCHEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.413, actuando en nombre y representación de la ciudadanaANA TERESA DELPIANI HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.631.395, a los fines de solicitar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del finado JUAN DELPIANI, la cual fuere expedida por la Primera Autoridad Civildel Municipio Charallave para la fecha, hoy Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 07 de abril de 1918, bajo el acta Nº 12. Que el error denunciado consiste que en el acta de Defunción está escrito erróneamente el nombre yapellido de su antecesor, en la cual se asentó como ``JUAN DELPIANI``, siendo lo correcto ``GIOVANNI DEPIAN ZABOT``. Para efectos probatorios el solicitante consignó ante este Tribunal copia certificada del acta de Defunción que pretende corregir y copia de la cédula de identidad.

En fecha 16 de noviembre de 2022, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente causa en los correspondientes libros y por no ser contraria al orden público se ADMITIO, ordenándose la notificación de la fiscalía 14º del Ministerio Publico. Se libró Boleta.
En fecha 18 de noviembre de 2022, se hizo entrega a la ciudadana alguacil de este juzgado,de la boleta de notificación a la Fiscal 14º del Ministerio Público.
En fecha 22 de noviembre de 2022, comparece la Alguacila Accidental de este tribunal, y mediante diligencia consigna debidamente recibida y firmada la boleta de notificación dirigida a la Fiscal 14º del Ministerio Público.
CAPÍTULO III
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

A los fines de emitir pronunciamiento sobre la presente solicitud este Tribunal observa: Que probado como ha sido lo alegado por la ciudadana ANA TERESA DELPIANI HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.631.395, y vista la obviedad del error denunciado, tal como se evidencia del Acta de Defunción Nº 12, que efectivamente se evidencia error en elnombre y apellido; Este Tribunal de conformidad con los artículos 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, 774 del Código de Procedimiento Civil y 502 del Código Civil, pasa a pronunciar la siguiente decisión.
CAPÍTULO IV
DECISIÓN

Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana ANA TERESA DELPIANI HERRERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.631.395. En consecuencia, se ORDENA la rectificación del acta de Defunción delde cuJus JUAN DELPIANI, en el sentido de corregir el nombre y apellido, el cual erróneamente colocaron como: ``JUAN DELPIAN``, siendo el nombre y apellido correcto y debiendo decir: ``GIOVANNI DEPIAN ZABOT``. Líbrese oficio a las autoridades competentes, remitiéndole copias de la presente decisión, previa su certificación por secretaria de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que deberá hacer la debida nota marginal en el ACTA DE DEFUNCION, de fecha 07 de abril de 1918, acta Nº 12.
Publíquese en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, y regístrese, la presente decisión. Asimismo, déjese copia certificada en el copiador del tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a lostrece (13) días del mes de diciembre de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró la anterior sentencia, siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana (09:40 a.m.)
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ.
KV/ES/yl
EXP N° 2830-2022