REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, DIECISÉIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (16-12-2022).
212° y 163°
Recibida la solicitud de Homologación De Convenimiento, constante de un (01) folio útil y anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, conforme a lo pautado en la Resolución N° 2009-0006 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el día dos (02) de abril de 2009. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, hecha por los ciudadanos CAROLINA DEL VALLE MELGAREJO GAÑAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.708.735, soltera, domiciliada en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y civilmente hábil, por una parte; y por la otra WILFREDO ALEXANDER PABÓN VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil civilmente, titular de la cédula de Identidad número V-18.762.638, domiciliado en el municipio Andrés Bello del Estado Táchira y civilmente hábil, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PORRAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.097.703, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.949. En consecuencia y por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo EN HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO de fecha 05 de agosto de 2022, inserto en el folio número tres (03), consistente sobre la venta de un lote de terreno propio con una superficie de DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (12.351 m2), sobre el cual está construida una casa en deterioro, con paredes de bahareque, techos de teja, demás anexidades, ubicado en La Aldea Potrero de las casas, jurisdicción del municipio Lobatera del estado Táchira, cuyos linderos y medidas son las siguientes: ESTE: mide ciento cincuenta metros (150 m), con terrenos que son o fueron de Elba del Carmen Contreras; NORTE: mide setenta y cuatro metros (74 m), con terrenos que son o fueron de la Sucesión Contreras; OCCIDENTE: mide ciento sesenta y nueve metros (169 m), con terrenos que son o fueron de Ana Isabel Contreras de Rosales; y SUR: mide ochenta y cinco metros (85 m), con La quebrada La Potrera. Representa todo lo adquirido por Documento Inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Lobatera del Estado Táchira de fecha 10 de junio de 2022, bajo el N° 2022.84, Asiento Registral 2 del inmueble Matriculado con el N° 435.18.7.1.1541 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2022. Traspasándole a la ciudadana CAROLINA DEL VALLE MELGAREJO GAÑAN, titular de la cédula de identidad número V-13.708.735, la plena propiedad, posesión y dominio del inmueble vendido, con sus usos costumbres y libre de gravamen. Y el ciudadano WILFREDO ALEXANDER PABÓN VILLAMIZAR titular de la cédula de Identidad número V-18.762.638, reconoce en todas y cada una de sus partes el documento aquí citado, así como también su firma. La ciudadana Juez procede a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 898 del Código de Procedimiento Civil.
Igualmente, expídase por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Abg. Alicia Katherine Cárdenas de López
Juez Temporal
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria…………..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se inventario en el libro de solicitudes bajo el No. 2592-2022.
Abg. Yuliana Porras Rivas
La Secretaria …………..