REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veintisiete (27) de enero de dos mil veintidós (2022)
211º y 162º
Vista la solicitud, así como la documentación presentada por la ciudadana ISMELDA ANDARA MONTILLA, venezolana, mayor de edad y titular de las cédula de identidad N° V-6.506.327, actuando como apoderada de la ciudadana MIRIAM JOSEFINA ANDARA MONTILLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.031.047, debidamente asistida por el abogado NELSON MOLINA LEON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.663, y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por el solicitante, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MIRIAM JOSEFINA ANDARA MONTILLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 6.031.047; sobre unas bienhechurías constituidas por una (01) casa unifamiliar, de dos (02) plantas, la cual tiene un área total de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240 MTS2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara el solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, con una superficie aproximada de QUINIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (570 mts2), ubicada en la Urbanización la Pomarrosa, Segunda Etapa, Parcela No. 36, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual le pertenece según se desprende de documento de propiedad debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha diecinueve (19) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), bajo el No. 36, Pto. 01, Tomo 07, y posterior aclaratoria ante el mismo Registro Público en fecha quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), anotado bajo el Nro. 22, Folio 226, Tomo 05, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0015595.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,
NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TITULAR,
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