REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Higuerote, catorce (14) de diciembre de Dos Mil Veintidós (2022)
212º y 163º
Solicitud Nº 5066
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus TAHALI MILAGROS LONG RODRIGUEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-8.764.631, a sus hijos, ciudadanos ANA NAKARI RAMIREZ LONG, CRISTIAN OSMAR RAMIREZ LONG, RANDAL ALEXANDER RAMIREZ LONG, BRAYAN MAURICIO RAMIREZ LONG y THAIBET BELIMAR RAMIREZ LONG, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-19.018.196, V-17.454.556, V-17.772.061, V-24.674.305 y V-26.255.044, respectivamente. Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Tribunal, en atención a lo previsto en el artículo 13 de la Resolución Nº 2012-0001 de fecha 11 de Abril de 2012, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA
ABG. JHOANNA MORA
Sol. Nº 5066
AP/JM/nercy
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