REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
SOLICITANTE: Ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ JARDIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-6.312.607.
ABOGADO ASISTENTE: Ciudadano ALEJANDRO GARCIA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.050.
MOTIVO: CONSIGNACION DE PAGO DE CANON POR ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
CONSIGNACION Nº 826-21
-I-
Se inició el procedimiento de consignación arrendaticia en fecha once (11) de junio del 2021, a solicitud del ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ JARDIN, en beneficio de la SUCESIÓN NAZARE FIGUEIRAS DE DE ABREU, en sus herederos CONSTANZA DE ABREU FIGUEIRA y JUAN ROBERTO DE ABRUE FIGUEIRA, plenamente identificados en autos.
Corresponde a decidir la continuación o no del presente procedimiento dado el tiempo que el mismo ha permanecido paralizado y al efecto se toman las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Visto que la última consignación por arrendamiento fue efectuada en fecha 8 de julio del 2021, por el ciudadano arrendador o consignatario JOSE ANTONIO RODRIGUEZ JARDIN, ante este Despacho, según escrito que corre inserto al folio 53 del presente expediente.
SEGUNDO: Igualmente, que en fecha 13 de diciembre del 2021, el Tribunal, a petición escrita del beneficiario SUCESIÓN NAZARE FIGUEIRAS DE DE ABREU, le hizo entrega de las cantidades de dinero depositadas a su favor por el ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ JARDIN, según cheque signado con el No. 57010174, girado contra el Banco Bicentenario, por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 584,66).
III
Por la razones antes expuesta, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO este procedimiento de CONSIGNACIÓN ARRENDATICIA, incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ JARDIN, a favor de la SUCESIÒN NAZARE FIGUEIRAS DE DE ABREU, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial en su oportunidad.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del CÒDIGO Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022). Años 211º de la Independencia y 162º de la Federación.
LA JUEZA
NINOSKA VALERA
LA SECRETARIA
JHOANNA MORA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la once de la mañana (11:00 a.m.), previo las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA
JHOANNA MORA
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