EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 19 de julio de 2022
211° y 163°
CAPÍTULO I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
SOLICITUD Nº 016-2022
SOLICITANTE: MANUEL ANTONIO ROJAS ARMAS, WILMER ROJAS ARMAS y PEDRO ALEXANDER ARMAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.081.406, V-20.087.219 y V-15.453.251, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: OSCAR ELIAS GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 159.282.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito consignado en fecha 29-03-2022, previa distribución por ante la unidad de recepción y distribución de documentos del estado Bolivariano de Miranda, por los ciudadanos: MANUEL ANTONIO ROJAS ARMAS, WILMER ROJAS y PEDRO ALEXANDER ARMAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.081.406, V-20.087.219 y V-15.453.251, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado OSCAR ELIAS GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 159.282; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo en la misma fecha.
Alegan los solicitantes en su escrito, que sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra Urbana (INTU), ubicado en la Avenida Principal de Quebrada de Cua, sector Potrero Cercado. Callejón Santa Eduviges, casa Nº 6, Cua, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: en una línea recta de 15 metros con 58 Centímetros: con casa que es o fue de Jiménez; SUR: en tres líneas y de 10 metros con 44 centímetros, 13 con 50 centímetros, 13 metros con 67 centímetros y un segundo de 2 metros con 68 centímetros con casa que es o fue de Julia Apata; ESTE: en una línea recta de 10 metros con 90 centímetros con casa que es, o fue de Hodalis Moro; OESTE: en esta línea recta de 17 metros con 62 centímetros con casa que es o fue de Ismael López. Han construido con dinero de su propio peculio unas bienhechurías constituida por una vivienda que posee un áreas de construcción tipo V-3, de NOVENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (90,83 MTS.2), el cual tiene una superficie de QUINIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (505,81m2). Fundamentan su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 29 de marzo de 2022, este tribunal dicto auto de entrada a la presente solicitud e insto a los solicitantes a consignar recaudos.

En fecha 07 de julio de 2022, previa consignación de los recaudos pertinentes, se dicto auto de admisión y se insto a presentar a los testigos.

En fecha 12 de julio 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho las ciudadanas GONZALEZ AURISTELA y SEIJAS JIMENEZ NURELLA, Venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad NºV-6.165.697 y V-9.063.962, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.


CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de las ciudadanas GONZALEZ AURISTELA y SEIJAS JIMENEZ NURELLA identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos: MANUEL ANTONIO ROJAS ARMAS, WILMER ROJAS y PEDRO ALEXANDER ARMAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.081.406, V-20.087.219 y V-15.453.251, respectivamente, sobre unas bienhechurías que tienen un area de construcción de tipo V-3 de NOVENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (90,83 MTS2), construidas sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra Urbana (INTU), ubicado en la Avenida Principal de Quebrada de Cua, sector Potrero Cercado. Callejón Santa Eduviges, casa Nº 6, Cua, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de QUINIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (505,81m2), el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: en una línea recta de 15 metros con 58 Centímetros: con casa que es o fue de Jiménez; SUR: en tres líneas y de 10 metros con 44 centímetros, 13 con 50 centímetros, 13 metros con 67 centímetros y un segundo de 2 metros con 68 centímetros con casa que es o fue de Julia Apata; ESTE: en una línea recta de 10 metros con 90 centímetros con casa que es, o fue de Hodalis Moro; OESTE: en esta línea recta de 17 metros con 62 centímetros con casa que es o fue de Ismael López. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a los solicitantes, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los diecinueve (19) días del mes de julio de 2022. Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
EL JUEZ

KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró el anterior Decreto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/BM
Sol. 016-2022