EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 07 de Julio de 2022
212° y 163°
CAPÍTULO I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITUD Nº 037-2022.
SOLICITANTE: DISTRIBUIDORA MAR-GIL CARS, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Tomo Nº 183-A SDO, Numero 5, de fecha 19 de agosto del año 2.009, e inscrita en el registro de información FISCAL (R.I.F) numero J-29805065-9, debidamente representada por los ciudadanos: GILBERT MANUEL CAMACHO PEREZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cedula de identidad número V-14.954.144, y MARIANGELI DEL VALLE ORENSE ALBARENGA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cedula de identidad número V-13.904.290, actuando en el presente acto, en nuestro carácter de Presidente y Vice-presidente.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: GESILCE CALDERIN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 158.668.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de titulo supletorio mediante escrito presentado previo sorteo realizado por este tribunal en función de Distribuidor, por los ciudadanos: GILBERT MANUEL CAMACHO PÉREZ y MARIANGELI DEL VALLE ORENSE ALBARENGA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.954.144,V-13.904.290, respectivamente, en su carácter de Presidente y Vice-presidenta de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA MAR-GIL CARS, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Tomo Nº 183-A SDO, Numero 5, de fecha 19 de agosto del año 2.009, e inscrita en el registro de información FISCAL (R.I.F) numero J-29805065-9, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio GESILCE CALDERIN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 158.668; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo de ley.
Alegan los solicitantes en su escrito, que un lote de terreno propiedad de la sucesión Viña de Alvarenga Eufracia María, según consta de Certificado de Solvencia de Sucesiones, Expediente Nº 16.021 y declaración definitiva de impuestos sobre sucesiones Nº 1690002573, de fecha 26/01/2016, emitida por la oficina del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (SENIAT). El mismo se encuentra situado en Avenida Tosta García, Casa S/N, Sector Pueblo Abajo, Charallave, Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de Cuatrocientos setenta y dos Metros Cuadrados con Treinta y Ocho Decímetros (472,38 Mts/2), integrado por tres (3) lotes distinguido como Lote 1, con una superficie aproximada de Doscientos Cinco Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (205,32 Mts/2), lote 2, con un área de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados (136,00 Mts/2) y lote 3, con un área de Ciento Treinta y Un Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (131,06 Mts/2). En parte de mayor extensión de terreno, específicamente en el Lote 1, el cual posee una superficie aproximada de Doscientos Cinco Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (205,32 Mts/2), que han construido a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías comprendidas dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: con lote 2, el cual tiene un área aproximada de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados (136,00 Mts/2); SUR: Con solar de Francisco Cisnero; ESTE: que es su fondo con lote 3, con un área de Ciento Treinta y Un Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (131,06 Mts/2); y con OESTE: Su frente con la Avenida 3, Tosta García. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 30 de junio de 2022, previa consignación de los recaudos correspondientes, este tribunal procedió a la admisión de la solicitud de marras, e instando a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.
En fecha 04 de Julio de 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos WILLIAM ENRIQUE CASTELLANOS REINA y RENGIFO HERNÁN JOSÉ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.846.002 Y 17.741.652, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos WILLIAM ENRIQUE CASTELLANOS REINA y RENGIFO HERNÁN JOSÉ, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA MAR-GIL CARS, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Tomo Nº 183-A SDO, Numero 5, de fecha 19 de agosto del año 2.009, e inscrita en el registro de información FISCAL (R.I.F) numero J-29805065-9, sobre unas bienhechuría construidas en un lote de terreno según consta de documento de la sucesión Viña de Alvarenga Eufracia María, según consta de Certificado de Solvencia de Sucesiones, Expediente Nº 16.021 y declaración definitiva de impuestos sobre sucesiones Nº 1690002573, de fecha 26/01/2016, emitida por la oficina del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (SENIAT), situado en Avenida Tosta García, Casa S/N, Sector Pueblo Abajo, Charallave, Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de Cuatrocientos setenta y dos Metros Cuadrados con Treinta y Ocho Decímetros (472,38 Mts/2), integrado por tres (3) lotes distinguido como Lote 1, con una superficie aproximada de Doscientos Cinco Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (205,32 Mts/2), lote 2, con un área de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados (136,00 Mts/2) y lote 3, con un área de Ciento Treinta y Un Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (131,06 Mts/2). En parte de mayor extensión de terreno, específicamente en el Lote 1, el cual posee una superficie aproximada de Doscientos Cinco Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (205,32 Mts/2), que han construido a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías comprendidas dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: con lote 2, el cual tiene un área aproximada de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados (136,00 Mts/2); SUR: Con solar de Francisco Cisnero; ESTE: que es su fondo con lote 3, con un área de Ciento Treinta y Un Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (131,06 Mts/2); y con OESTE: Su frente con la Avenida 3, Tosta García. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Publíquese en la pagina web del Tribunal Supremo de Justicia: www.tsj.gob.ve; así como en el portal web destinado por la Sala de Casación Civil: www.miranda.scc.org.ve. Y regístrese.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los siete (07) días del mes de julio de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó el anterior Decreto, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/ana
Sol. 037-2022
Dirección: Calle Gustavo Farrera, Conjunto Residencial y Comercial El Campito, Torre “G”, Mezzanina 1, Charallave, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda. Teléfono: 0239-2483223/Correo electrónico: municipio1.civil.charallave@gmail.com
|