REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 21 de junio de 2022.
212º y 163º

Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentada por la ciudadana ANAIS MARGARITA PERDOMO PALENCIA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad NºV-15.119.968, asistida por el Defensor Público RUBEN D. TIAPA REBANALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 151.180, sobre unas referidas bienhechurías, ubicadas en: Urbanización Los Lagos, Calle Miranda, Sector María Briceño, Casa S/N, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda. Se devuelve las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de dieciocho (18) folios útiles, todo ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA PROVISORIA,


HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.


LA SECRETARIA TEMPORAL,


DAMELIS FIGUERA.


HJNR/DF/jcrl*
Solicitud Nº 2022-5919.