REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, dos (02) de junio de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º
Vista la solicitud, así como la documentación presentada por el JUAN CARLOS MUJICA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 164.381, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA ELENA MARTINEZ DE APARCEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-1.743.052 y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por el solicitante; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ELENA MARTINEZ DE APARCEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-1.743.052; sobre una vivienda unifamiliar de dos (02) plantas, distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA y PLANTA ALTA en un área total de construcción de TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (350,00 M2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (373,35 M2), ubicado en Urbanización Los Castores, distinguido con el No. 308 de la tercera etapa de dicha Urbanización, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual le pertenece a la prenombrada ciudadana, según se desprende del documento de propiedad debidamente autenticado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha ocho (08) de diciembre de mil novecientos setenta y uno (1971), inscrito bajo el No. 65, folio 215, Protocolo Primero, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0025434.
Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.-Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,
NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TITULAR,
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