REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veinte (20) de junio de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º
Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la abogada MARIA EUGENIA MACEO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 104.548, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MIGUEL ANGEL GOMEZ BARRETO y LUPMAY DEL VALLE GOMEZ LABARCA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas Nros. V-3.397.184 y V-16.413.817, en su orden; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MIGUEL ANGEL GOMEZ BARRETO y LUPMAY DEL VALLE GOMEZ LABARCA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas Nros. V-3.397.184 y V-16.413.817, en su orden, en su carácter de esposo e hija de la causante GUADALUPE LABARCA DE GOMEZ, quien en vida era venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-4.425.675, quien falleció el día diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), tal como se desprende del acta de inserción de defunción emitida por la oficina del Registro Civil del Municipio Los Salias Estado Bolivariano de Miranda, bajo el acta No. 101 de fecha cuatro (04) de mayo de dos mil veintidós (2022). Todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,
NUVIA BAUTISTA.
|