REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 10 de marzo de 2022.
211° y 163°



De la revisión de las presentes actuaciones, específicamente del escrito de solicitud de DIVORCIO, presentado por el ciudadano EDGAR ANTONIO HURTADO RUIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.700.002, asistido por el abogado ALFREDO RANPHIS JIMENEZ CASANOVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.696, en contra de la ciudadana LISBETH GREGORIA BARBOZA AÑES, venezolana, mayor de edad y titular de las cédulas de identidad Nº V-7.819.940, se evidencia que: a los autos no cursan las actas de nacimiento de los ciudadanos EDGAR RAFAEL HURTADO BARBOZA y GENESIS PAOLA HURTADO BARBOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.406.718 y V-22.369.728, respectivamente, siendo necesaria a los fines de el decreto correspondiente. En consecuencia, este juzgado INSTA al solicitante a consignar las mencionadas actas de nacimiento, por considerar este Juzgado que dichos documentos, son fundamentales para la continuación del proceso que se ventila. Así se establece.
LA JUEZA,


KARINA N. BARRIOS M.
LA SECRETARIA,

HILDA JOSEFINA NAVARRO.


KNBM/HJN/jcrl*
Exp. N° 22-5884