REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 23 de marzo de 2022.
211° y 163°
Visto el escrito de Libelo de demanda que por DESALOJO, fue presentado por el ciudadano por el ciudadano EDGAR ARMANDO MATAMOROS ORTA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nros V- 3.587.819, debidamente asistido del abogado ARGENIS RAFAEL LUNAR SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.437, en contra del ciudadano RENE ALEXIS ZAPATAS, mayor de edad, de venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.873.068, se evidencia que en el escrito libelar no indican la estimación de la presente demanda. En consecuencia, este juzgado INSTA a la parte actora a que estime la presente demanda en unidades tributarias, y una vez conste en autos este Tribunal se pronunciara sobre su admisión. Así se establece.
LA JUEZA,
KARINA N. BARRIOS M.
LA SECRETARIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO.
KNBM/HJN/jcrl*
Exp. N° 22-10355