REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, dieciséis (16) de marzo de dos mil veintidós (2022)
211º y 162º

Vista la solicitud, así como la documentación presentada por el abogado DANIEL ALEJANDRO PUERTAS MONTILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 256.664, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS LUIS CARVALLO VIRGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 19.335.519 y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por el solicitante; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos CARLOS LUIS CARVALLO VIRGUEZ y MIGUEL ALBERTO CARVALLO VIRGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 19.335.519 y V- 16.658.242, en su carácter de herederos del causante ALBERTO CARVALLO GARCIA, según se desprende del certificado se solvencia de sucesiones emitido por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en fecha 04 de noviembre de 2021, signado con el No. 210350 y de la ciudadana NORMA VIOLETA VIRGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 4.680.698, sobre una bienhechuría constituida por una (01) casa-quinta, en un área total de construcción de SETENTA METROS CUADRADOS (70,00 m2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (1.789,57 M2), ubicada en la Calle Pacaraima de la Urbanización La Suiza, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; ahora bien, se evidencia que dicho terreno fue adquirido por la ciudadana NORMA VIOLETA VIRGUEZ y por el causante LUIS ALBERTO CARVALLO GARCIA, según se desprende del documento de propiedad debidamente autenticado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil trece (2013), bajo el No 2013.797, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.4330, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0023344.
Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.-Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.

LA SECRETARIA TITULAR,

NUVIA BAUTISTA.

NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TITULAR,