REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, nueve (09) de marzo de dos mil veintidós (2022)
211º y 162º
Revisado como ha sido el escrito de solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana GLADYS ISABEL CORTES DE VEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.113.550, debidamente asistida por la abogada ARACELIS ZAMBRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 91.962; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana GLADYS ISABEL CORTES DE VEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.113.550, en su carácter de esposa del causante ISRAEL ANTONIO VEGA ZAMORA, quien en vida era de nacionalidad Venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-3.979.797, tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil de la Parroquia los Teques Municipio Guaicaipuro Estado Miranda, bajo el acta No. 3906 de fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Todo sin perjuicio de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a los solicitantes. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,
NUVIA BAUTISTA.
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