REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MIRANDA-SANTA LUCIA

Santa Lucía, 28 de marzo 2.022
211° y 163º

SOLICITANTE: RAMIREZ GUTIERREZ KIMBERLY LY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.959.777.

ABOGADO ASISTENTE: JOSE LUIS RAMIREZ ANDUEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 177.062.-

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

EXPEDIENTE Nº 1.147-2022

Mediante Libelo presentado ante este Tribunal en fecha veintidós (22) de febrero del 2.022 compareció la ciudadana RAMIREZ GUTIERREZ KIMBERLY LY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.959.777, debidamente asistido por el profesional del derecho Abg. JOSE LUIS RAMIREZ ANDUEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 177.062., mediante la cual solicita la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, anotada bajo el Nº 540, folio 540, año 1991 en los Libros de Registro de Nacimientos llevados ante el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda. La presente solicitud consiste; en el error involuntario del funcionario a quien le correspondió transcribir el nombre de la madre de la solicitante donde colocó: Lirio Gutiérrez Rodríguez, siendo esto incorrecto, por cuanto el nombre correcto es: Lirio de Jesús Gutiérrez Rodríguez. Anexo: copia fotostática de la cedula de identidad de la solicitante; copia certificada del acta de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda, anotada bajo Nº 540, folio 540, año 1991., copia fotostática de la cedula de identidad y acta de nacimiento de la madre de la solicitante, ciudadana LIRIO DE JESUS GUTIERREZ RODRIGUEZ, donde se puede constatar los datos aportados motivo de la presente solicitud, objeto de esta rectificación.

En fecha veintidós (24) de febrero del 2.022, fue admitida la presente solicitud y se ordenó librar edicto para ser publicado en el diario Ultimas Noticias y librar boleta de notificación dirigida a la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público.
En fecha 10/03/2022, el ciudadano Jimm Gil, Alguacil del Tribunal mediante diligencia cursante al folio (08), consigno la correspondiente boleta de notificación dirigida a la Fiscalía 14° del Ministerio Público, recibida en fecha 08/03/2022.

El Tribunal por cuanto observa que desde el día 08/03/2022, fecha en que fue debidamente citada la Fiscal 14° del Ministerio Publico mediante boleta consignada por el alguacil del Despacho en fecha 10/03/2022 para que compareciera ante este Tribunal dentro de los Diez (10) días de Despacho siguientes contados a la consignación de su notificación para que actuara en el procedimiento como parte de buena fe, sin que la misma haya comparecido dentro del lapso señalado, habiendo transcurrido DOCE (12) DIAS DE DESPACHO, los que a continuación se especifican: 11/03/22; 14/03/22; 15/03/22; 16/03/22; 17/03/22; 18/03/22; 21/03/22; 22/03/22; 23/03/22; 24/03/22; 25/03/22; 28/03/22, por cuanto ha transcurrido un tiempo prudencial para que la Fiscal 14° del Ministerio Publico emitiera su opinión, el Tribunal ordena emitir sentencia en la presente solicitud.