EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 18 de mayo de 2022
212° y 163°
SOLICITUD Nº 022-2022
SOLICITANTE: EDIMAR VILLANUEVA MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.069.765.
ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 312.675.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud previa distribución por ante la unidad de recepción y distribución de documentos del estado Bolivariano de Miranda vía online y presentado ante este Tribunal en fecha 28-04-2022, por la ciudadana: EDIMAR VILLANUEVA MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.069.765, debidamente asistida por el abogado ANTONIO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 312.675.
Alega la solicitante en su escrito, que sobre un terreno de propiedad Municipal, ubicado en la carretera nacional Charallave-Cua, final av. Bicentenaria antigua av. Monseñor pellín, sector la morita. Local nº 1, frente a Hiperlider, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, construyo unas bienhechurías, el cual tiene una superficie de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (185,15 M2), y un área de construcción de aproximadamente de tipo C-2 de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (37.93 MTS.2) y C-3 Y SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (68.97 MTS.2), el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con una línea recta de 19 metros con 55 centímetros con materiales mahifer; SUR: con una línea recta de 9 metros con 55 centímetros, con materiales mahifer; ESTE con dos línea recta de 1 metros con 85 centímetros, y 13 metros con 60 centímetros con materiales mahifer; y OESTE: con una línea recta de 12 metros con 04 centímetros con avenida bicentenario antigua Monseñor Pellín. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 23 de abril de 2022, este tribunal dicto auto de entrada a la presente solicitud e insto a subsanar el escrito presentado.

En fecha 16 de mayo de 2022, este tribunal dicto auto de admisión a la presente solicitud e insto a la solicitante a presentar los testigos.

En fecha 17 de mayo de 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ORTEGA CARLOS ARTURO y MÉNDEZ EDWIN JOSÉ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad NºV-17.298.355 V-13.968.463, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO II
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos ORTEGA CARLOS ARTURO y MÉNDEZ EDWIN JOSÉ, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EDIMAR VILLANUEVA MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.069.765, Sobre una bienhechuría construidas en un terreno Municipal, ubicado en la carretera nacional Charallave-Cua, final av. Bicentenaria antigua av. Monseñor pellín, sector la morita. Local nº 1, frente a Hiperlider, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (185,15 M2), y un área de construcción de aproximadamente de tipo C-2 de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (37.93 MTS.2) y C-3 Y SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (68.97 MTS.2), el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con una línea recta de 19 metros con 55 centímetros con materiales mahifer; SUR: con una línea recta de 9 metros con 55 centímetros, con materiales mahifer; ESTE con dos línea recta de 1 metros con 85 centímetros, y 13 metros con 60 centímetros con materiales mahifer; y OESTE: con una línea recta de 12 metros con 04 centímetros con avenida bicentenario antigua Monseñor Pellín. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los ocho (18) días del mes de mayo de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró el anterior Decreto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/ana
Sol. 022-2022