EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 26 de mayo de 2022
212° y 163°
SOLICITUD Nº 017-2022
SOLICITANTE: CARMEN ELENA MEZA OVALLES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.078.155.
ABOGADA ASISTENTE: MARY LUZ GRATEROL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.522.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud previa distribución por ante la unidad de recepción y distribución de documentos del estado Bolivariano de Miranda vía online y presentado ante este Tribunal en fecha 06-04-2022, por la ciudadana: CARMEN ELENA MEZA OVALLES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.078.155, debidamente asistida por la abogada MARY LUZ GRATEROL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.522.

Alega la solicitante en su escrito, que sobre un terreno propiedad del INTU, situado en la calle principal de Salamanca con calle el liceo I, casa Nº 38, sector salamanca, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con una línea recta de 12 metros con 75 centímetros con calle principal de salamanca; SUR: con una línea recta de 12 metros con 75 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles; ESTE: con una línea recta de 20 metros con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles; y OESTE: con una línea recta de 20 metros con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles, ha construido a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías que forman parte de una vivienda, con un área de construcción de tipo V-2 DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (265.94 MTS.2), en un terreno que posee una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS (254.99 M2). Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 06 de abril de 2022, este tribunal dicto auto de entrada e instando a la solicitante a presentar recaudos pertinentes.

En fecha 19 de mayo de 2022, previa consignación de recaudos respectivos, este tribunal dicto auto de admisión de la misma e insto a la solicitante a presentar los testigos.

En fecha 25 de mayo de 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ADJUNTAS MARTÍNEZ THANIA JOSEFINA Y BURGOS AZUAJE DARWIN ORLANDO, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.485.200 y V-13.423.875, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO II
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos ADJUNTAS MARTÍNEZ THANIA JOSEFINA Y BURGOS AZUAJE DARWIN ORLANDO, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana CARMEN ELENA MEZA OVALLES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.078.155, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del INTU, situado en la calle principal de Salamanca con calle el liceo I, casa Nº 38, sector salamanca, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, el cual encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con una línea recta de 12 metros con 75 centímetros con calle principal de salamanca; SUR: con una línea recta de 12 metros con 75 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles; ESTE: con una línea recta de 20 metros con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles; y OESTE: con una línea recta de 20 metros con 00 centímetros con terreno que son o fueron de la familia Meza Ovalles, que forman parte de una vivienda, con un área de construcción de tipo V-2 DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (265.94 MTS.2), en un terreno que posee una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS (254.99 M2). Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Publíquese en la pagina web del Tribunal Supremo de Justicia: www.tsj.gob.ve; así como en el portal web destinado por la Sala de Casación Civil: www.miranda.scc.org.ve. Y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veintiséis (26) días del mes de mayo de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró el anterior Decreto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/ana
Sol. 017-2022