REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 09 de MAYO de 2022.-

212º y 163º

Visto el contenido de la Diligencia de fecha 27 de abril de 2022, suscrita por el ciudadano: CHERVEN HUMBERTO GARCIA LUBO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.748.271, de este domicilio y civilmente hábil, debidamente asistido por el Abg. VICTOR ARCENIO ZAMBRANO VARELA, venezolano, mayor d edad, titular de la cedula de Identidad N° 12.491.363, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 84.820, de este domicilio y hábil. En el que Conviene en el Planteamiento presentado por la parte demandada, conforme consta en escrito de fecha 20/04/2022, es decir en la cantidad de Ciento Cincuenta Dólares Estadounidenses (150, oo USD), por concepto de Obligación De Manutención, mas el 50% de los gastos extraordinarios conforme a la LOPNNA, los cuales serán pagados por el demandante en Divisas o el equivalente en Bolívares, tomando como referencia la tasa establecida por el BCV para la divisa dólar, el día del pago en una Cuenta Corriente N° 01080354340100070664, del Banco Provincial, los primeros 5 días de cada mes, quedando firmada constancia de entrega por medio de recibo, cuya Titular es la Demandada de autos ciudadana: BETTY CAROLINA PEÑALOZA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.763.377, de este domicilio y hábil. Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,


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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA
EL SECRETARIO,

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Abg. MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA



EXP. 3003-2022
JEGG/Marlig