REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 23 de noviembre de 2022.
212º y 163º
Vistas las actuaciones que anteceden, en especial el escrito de la Solicitud que corre inserto a los folios 1 y 2, de la presente Solicitud de Titulo Supletorio, recibido por ante este Tribunal mediante el sistema de distribución en fecha 21-I0-2022, presentado por las ciudadanas HAYDEE COROMOTO DAVILA BRITO e INGRI YURIMAR PALMA DAVILA, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-6.458.689 y V-18.539.130, respectivamente, debidamente asistida de abogada, y verificados los documentos consignados falta agregar a los autos el Plano de coordenadas UTM REGVEN y copias de las cédulas de identidad de un testigo, En consecuencia, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la Solicitud de Titulo Supletorio que nos ocupa, insta a la mencionada ciudadana, a consignar a los autos el Plano de coordenadas UTM REGVEN y copia de la cédula de identidad del testigos, a los fines de emitir pronunciamiento sobre su Solicitud, y así se establece.
LA JUEZA PROVISORIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO LA SECRETARIA,
DAMELIS FIGUERA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,
HJN/DF/ jcrl*
Solicitud Nº 2022-3905.