REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 07 de Noviembre del 2022.
212º y 163º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos NELIDA DEL CARMEN OROPEZA ROSILLO Y MANUEL VICENTE SILVA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.460.915 Y V- 23.625.578 respectivamente, en su condición de esposa e hijo; son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: JOSE VICENTE SILVA LANDAETA, quien fuera de nacionalidad venezolana, y titular de la cédula de identidad Nº V- 1.720.739. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, constante de veinte (20) folios útiles.-
LA JUEZ PROVISORIO,
HILDA JOSEFINA NAVARRO,
LA SECRETARIA TITULAR.
DAMELIS FIGUERA.
HJN/DF/deysi
Solicitud N° 22-3912.