REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintinueve (29) de noviembre del año 2022
212º y 163º
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Documento de Adjudicación Nº 353, folio Nº 353, de fecha veinte (20) de octubre del año 2007, expedida por ante Oficina de Registro Público del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, cursante desde el folio ocho (08) al folio once (11).-
• Croquis de la bienhechuría cuyo título supletorio se pretende, emanado de la Dirección Municipal de Catastro del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, en noviembre del año 2017, contentivo de las medidas y linderos de la propiedad, cursante al folio doce (12).-
• Planos de distribución de la propiedad cuyo Título Supletorio se pretende, realizado por el Arquitecto RAFAEL ENRIQUE DOMINGUEZ, en el mes de mayo del año 2022, cursante a los folios trece (13) y folio catorce (14).-
• Copia simple de la Cédula de Identidad No. V-12.227.039, correspondiente al solicitante, ciudadano WUILIAM RODOLFO BALLESTEROS USECHE, cursante al folio quince (15).-
• Copia simple de la Cédula de Identidad No. V-12.630.771, correspondiente a la solicitante, ciudadana JOCNY TIBISAY PARADA DE BALLESTEROS, cursante al folio dieciséis (16).-
• Copia simple de la Cédula de Identidad No. V-14.972.141, correspondiente a la testigo, ciudadana DALIA MARBELLIS HERNANDEZ AVARIANO, cursante al folio diecisiete (17).-
• Copia simple de la Cédula de Identidad No. V-14.586.075, correspondiente al testigo, ciudadano CRISTIAN JOSE TOVAR FERREIRA, cursante al folio dieciocho (18).-
• Copia simple del Inpreabogado Nº 260.137, correspondiente al Abogado ADAN SAUL PEDRON HERNANDEZ, cursante al folio diecinueve (19).-
• Copia simple del Inpreabogado Nº 158.370, correspondiente a la Apoderada Judicial LISETT COROMOTO MONTESINOS MACHADO, cursante al folio veinte (20).-
Así como el haber tenido el Tribunal a la vista las bienhechurías cuyo título supletorio se pretende, todo con fundamento en los artículos artículo 12 y 401 ordinal 4to del Código de Procedimiento Civil y las testimoniales de los ciudadanos DALIA MARBELLIS HERNANDEZ AVARIANO y CRISTIAN JOSE TOVAR FERREIRA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-14.972.141 y V-14.586.075, los cuales se encuentran domiciliados en: la primera: Urb. Los Naranjos, parte alta, sector el Ingenio, casa Nº 89, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, el segundo: Urb. Los Naranjos, parte alta, sector el Ingenio, casa Nº 25, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de los ciudadanos WUILIAM RODOLFO BALLESTEROS USECHE y JOCNY TIBISAY PARADA DE BALLESTEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.227.039 y V-12.630.771, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de Título Supletorio, referido a unas bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno de nuestra propiedad ubicado en: Urb. Los Naranjos del Ingenio, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, con una superficie de CIENTO ONCE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (111,63 MTS2), cuyos linderos y medidas se determinan a continuación: NORTE: Con calle 01, mide ONCE METROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS (11,92MTS), SUR: Con área verde, mide TRECE METROS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (13,34MTS), ESTE: Con parcela 002, mide NUEVE METROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS (9,39MTS), OESTE: Con área común, mide NUEVE METROS (9,00MTS). La vivienda aquí señalada está construida a base de bloques de arcilla y de cemento, con dos (02) niveles, los cuales están distribuido de la siguiente manera: PLANTA ALTA: Está constituida por dos (02) habitaciones dormitorios, una principal con baño incorporado, una terraza con ventanas panorámicas, techos de amachimbrado, piso de terracotas, paredes frisadas y pintadas, puerta de madera y metal, ventanas de metal con rejas protectoras y posee además los servicios públicos tales como, luz eléctrica empotrada, aguas negras debidamente empotradas, agua potable por tuberías y aseo urbano. PLANTA BAJA: Posee un (01) estacionamiento, dos (02) lavanderos, dos (02) sala comedor, tres (03) habitaciones de dormitorio, tres (03) baños con su grifería y piso de cerámica, una (01) escalera que da ascenso a la planta superior, paredes totalmente frisadas y pintadas, agua potable por tubería. La bienhechuría cuenta con servicios de electricidad, agua y teléfono. Para un costo total de pago de materiales utilizados en la bienhechuría de CATORCE MIL DOSCIENTO VEINTIUNO BOLIVARES SOBERANOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (BsS 14.221.66). Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos WUILIAM RODOLFO BALLESTEROS USECHE y JOCNY TIBISAY PARADA DE BALLESTEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.227.039 y V-12.630.771, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar el presente decreto en el portal web: Miranda.scc.org.ve. Cúmplase.-
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
LA SECRETARIA Acc,
RUBMERLY ARMAS GIRON
LQdDS/rag/Rd.-
Titulo Supletorio.-
Solicitud N° 13368.-
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