REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, cuatro (04) de octubre de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

Vista la solicitud, así como la documentación presentada por la ciudadana MARISELA TREJO FUENTES, titular de la cédula de identidad No. V- 6.008.457, debidamente asistida por el abogado VLADIMIR FELICHE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 118.111 y habiendo sido evacuadas las declaraciones de los testigos que fueron presentados por la solicitante; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARISELA TREJO FUENTES, titular de la cédula de identidad No. V- 6.008.457, sobre unas bienhechurías constituidas por una (01) vivienda unifamiliar, distribuida de la siguiente manera PLANTA BAJA y PLANTA ALTA, la cual tiene un área total de construcción de DOSCIENTOS DIECINUEVE METROS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (219.15 m2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de MIL VEINTIUN METROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (1.021,88 MTS2), ubicada en la Urbanización La Morita, Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, distinguida con el No. 94-A, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual le pertenece según se desprende de documento de propiedad debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 26 de julio de 2010, anotado bajo el No. 2010.369, Asiento Registral 1, matriculado bajo el No. 232.13.13.1.1725, así como de aclaratoria debidamente registrado en fecha 29 de mayo de 2017, anotado bajo el Nro.2010.369, Asiento Registral 2, Matriculado con el N° 232.13.13.1.1725 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, y posterior documento de reparcelamiento y adjudicación debidamente protocolizado ante Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, bajo el No. 2010.369 asiento registral 3 del inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.1725 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, todo lo cual se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salías del Estado Miranda bajo el Nº 0006054.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,


NUVIA BAUTISTA.

NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TITULAR,