EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 21de octubre de 2022
212° y 163°
CAPÍTULO I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
SOLICITUD Nº 068-2022
SOLICITANTE:CARMEN EMILIA VILLANUEVA ONTIVEROS, titular de las cédula de identidad Nº V-10.887.829.
ABOGADO ASISTENTE: RICHARD RODRIGUEZ BLAISE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.306
MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito consignado en fecha 17-10-2022, previa distribución por ante el juzgado Distribuidor de Documentos, suscrito por la ciudadana: CARMEN EMILIA VILLANUEVA ONTIVEROS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.887.829, debidamente asistida por el abogado RICHARD RODRIGUEZ BLAISE, inscritoen el Inpreabogado bajo el N° 36.306; siendo asignada la misma a este Juzgado previo sorteo en la misma fecha.
En fecha 17de octubrede 2022, este tribunal dictó auto de entrada y admisión a la presente solicitud e insto a la a la solicitante a presentar a los testigos a los fines de su evacuación.
Alega la solicitante en su escrito, que ha construido a sus únicas y propias expensas y con dinero de su peculio, unas bienhechurías constituidascomo vivienda familiar: decuatro (4) habitaciones, un (1) baño, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) Cocina, una (1) sala, de estar íntima, un (1) recibo principal, un (1) salón- comedor, un (1) lavandero, una (1) cerca principal de trescientos metros (300 mts) de longitud, tipo alfajor con viga de riostra de concreto, con dos (2) puertas, asimismo, sobre el referido lote de terreno ha sembrado árboles frutales que se describen a continuación: trescientos cincuenta (350) arboles de naranja, seiscientas (600) plantas de mandarinas dos (2) galpones, Un (1) corral para ganado, ocho (8) chiqueros para cochinos; y mejoras para ampliaciones y anexidades, sobre un área de terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), anteriormente LAN, según evidencia en documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Cúa, según oficio Nº 094-2022, emitido en fecha 21-04-2022, expedido por la Dirección de Catastro Urbano Cúa; ubicada en la Parroquia Cúa, San Antonio de Cúa, parte baja, parcela N° diecinueve “B” (19B), sector 7, carretera Nacional de Cúa-Ocumare, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda; el cual tienecon una superficie aproximada de SEIS MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEISCENTIMETROS CUADRADO (6.420,86 Mts2), y un área de construcción de tipo V-2: QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (541,52 Mts2), y alinderada de la siguiente manera: NORTE:con una línea recta de 8 metros con 20 centímetros con Sector la Mata Primera; SUR:con una línea recta de 11 metros con 45 centímetros con Carretera Nacional Cúa- Ocumare; ESTE:con una línea recta de 36 metros con 44 centímetros con parcela Nº 19 A y; OESTE:con dos líneas rectas de 25 metros con 6 centímetros, 11 metros con 53 centímetros, con parcela Nº 21 . Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 19 de octubre 2022, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanas ONEIDA MARGARITA ALVAREZ DE SEIJAS y NINA JOSEFINA BOLIVAR HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad NºV-6.993.907 y V-22.434.145, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de las ciudadanas ONEIDA MARGARITA ALVAREZ DE SEIJAS y NINA JOSEFINA BOLIVAR HERNANDEZidentificadas Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana: CARMEN EMILIA VILLANUEVA ONTIVEROS, titular de la cedula de identidadNº V-10.887.829, sobre unas bienhechurías constituidas en un terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), anteriormente LAN, según evidencia en documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Cúa, según oficio Nº 094-2022, emitido en fecha 21-04-2022, expedido por la Dirección de Catastro Urbano Cúa; ubicado en la Parroquia Cúa, sector, San Antonio de Cúa parte baja parcela 7, carretera Nacional de Cúa, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda; el cual tiene con una superficie aproximada de SEIS MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (6.420,86 Mts2), y un área de construcción de tipo V-2: QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (541,52 Mts2), y alinderada de la siguiente manera: NORTE: con una línea recta de 8 metros con 20 centímetros con Sector la Mata Primera; SUR: con una línea recta de 11 metros con 45 centímetros con Carretera Nacional Cúa- Ocumare; ESTE: con una línea recta de 36 metros con 44 centímetros con parcela Nº 19 A y; OESTE: con dos líneas rectas de 25 metros con 6 centímetros, 11 metros con 53 centímetros, con parcela Nº 21. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veintiún (21) días del mes de octubre de 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA

EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
En la misma fecha se publicó y se registró el anterior Decreto, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.).
EL SECRETARIO
EDUARDO SUAREZ
KV/ES/eve
Sol. 068-2022